Madrid.-14/7/2026.- La Plataforma del Tercer Sector celebra la aprobación de un real decreto que regulará el régimen jurídico de las entidades sociales colaboradoras de la Administración General del Estado. Esta norma supone un avance significativo en el reconocimiento de la colaboración público-cívica y en el fortalecimiento del diálogo civil.
La nueva regulación desarrolla una previsión contemplada en la Ley 43/2015, del Tercer Sector de Acción Social, y establece el marco jurídico para el reconocimiento de aquellas organizaciones sociales de ámbito estatal que acrediten una trayectoria consolidada, capacidad organizativa, transparencia, calidad y buen gobierno.
Reivindicación histórica
La aprobación de este Real Decreto representa la culminación de una reivindicación largamente defendida por la Plataforma del Tercer Sector, que ha trabajado de forma continuada desde 2018, junto al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, para impulsar el desarrollo de esta figura, participando activamente en las distintas fases de diseño, consulta y tramitación de la norma.
El presidente de la Plataforma del Tercer Sector, Luciano Poyato, ha señalado que la aprobación de este Real Decreto «supone un avance con enorme potencial para el Tercer Sector de Acción Social, ya que refuerza el reconocimiento de nuestras organizaciones como actores clave en la defensa de derechos, la cohesión social y la atención a las personas en situación de vulnerabilidad». Poyato ha subrayado que este logro «es fruto de años de trabajo, diálogo e interlocución de la Plataforma del Tercer Sector para impulsar una reivindicación histórica del sector y avanzar hacia un mayor reconocimiento institucional de la contribución que realizan las entidades sociales al bienestar y la cohesión de nuestra sociedad».
El Real Decreto establece los requisitos que deberán cumplir las entidades para obtener y conservar esta condición, así como los derechos, obligaciones y mecanismos de seguimiento asociados a este reconocimiento. Entre otros aspectos, las organizaciones deberán acreditar una trayectoria mínima de cinco años, ámbito estatal de actuación, capacidad organizativa suficiente, sistemas de calidad, transparencia y cumplimiento de la normativa vigente en materias como igualdad, discapacidad o voluntariado.

