La reforma de la dependencia transformará los cuidados en España

Derechos Sociales impulsará la incorporación de más personas trabajadoras para reforzar la Dependencia 

Redacción

Madrid.-15/7/2026.- El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado el martes por mayoría un texto para reformar las leyes de dependencia y discapacidad. Se trata de una reforma integral que supone refundar el modelo de cuidados en España, con el objetivo de ofrecer más derechos, servicios y prestaciones a las personas en situación de dependencia y a las personas con discapacidad, y menos burocracia.

Esta iniciativa impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales blinda la financiación del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) incorporando en la ley la obligación de que la Administración General del Estado) asuma el 50% de la inversión.

El Congreso, además, ha convalidad el real decreto-ley aprobado por el Gobierno para ampliar la financiación estatal de la dependencia, que supone el mayor incremento de la historia para el sistema, y que las comunidades autónomas vayan a recibir 6.200 millones de euros más entre 2026 y 2027.

Respuesta a las necesidades

“Es la mayor reforma social en nuestro país en lo que va de siglo”, ha dicho el ministro Pablo Bustinduy en una de las intervenciones que hizo el martes desde la tribuna del Congreso. Bustinduy ha asegurado que lo aprobado en la Cámara Baja supone “una revolución y una transformación profunda” del sistema público de cuidados, y que responde “a las necesidades tanto de las personas que reciben cuidados como de quienes cuidan”.

El ministro ha explicado que la reforma de estas dos leyes avanza en unos cuidados basados en los derechos de las personas y en su voluntad de vivir en sus hogares y entornos próximos. El objetivo es dejar atrás el modelo de las macrorresidencias y el enfoque asistencialista, para priorizar e impulsar apoyos personalizados. Así mismo, ha recalcado, convierte en ley lo establecido por el nuevo Artículo 49 de la Constitución Española, reformado en 2024, para ampliar los derechos y la autonomía de las personas con discapacidad y sus familiares.

Financiación de la dependencia

Bustinduy ha puesto en valor que esta reforma se aprueba al mismo tiempo que el Gobierno amplía la financiación del sistema de la dependencia. Una nueva financiación que es estructural, ha indicado, porque modifica por ley las cuantías del nivel mínimo que la AGE abona a las comunidades autónomas cada mes, duplicándolas, y porque permite culminar el compromiso político que el Gobierno de coalición se fijó para esta legislatura de que la inversión estatal en dependencia alcanzara el 50% del total.

Una meta que se alcanzará entre 2026 y 2027 con esos 6.200 millones de euros adicionales que recibirán las comunidades autónomas. En total, el Gobierno hará una aportación récord de 7.239,4 millones de euros a las comunidades en 2027, el doble que la que hubo en 2025, y permitirá a los gobiernos autonómicos contar con más recursos para reducir listas de espera, contratar más profesionales y ofrecer mejores servicios.

Este objetivo político del 50%, además, se convierte ahora en norma, ha subrayado el ministro, gracias a que la reforma introduce en la ley que la AGE debe asumir la mitad de la financiación, para así evitar posibles recortes en el futuro. “Hoy podemos dejar atrás la época de los recortes y la austeridad y blindar el sistema para caminar hacia un verdadero servicio público de cuidados, cercano, resiliente y debidamente financiado”, ha declarado.

Reforma en dependencia

En lo relativo a la ley de dependencia, la reforma incorpora a la norma modificaciones que permiten una ampliación del catálogo de servicios y de prestaciones para las personas en situación de dependencia, así como priorizar la voluntad y circunstancias de cada persona, y agilizar los procesos administrativos para el reconocimiento de su situación.

“Esta reforma supone que el sistema de cuidados se ajuste a la realidad social de las personas en situación de dependencia, y no al revés”, ha señalado el ministro Bustinduy. Añade que “se deja de tratar a las personas como meros números y las dota de derechos, dignidad y autonomía”. Además, ha reivindicado que esta reforma responde al desafío demográfico que enfrenta España en los próximos años, con una sociedad cada vez más envejecida. “Que la vida se alargue y las personas mayores tengan posibilidades cada vez mayores de bienestar y calidad de vida, es un logro democrático”, ha afirmado.

Medidas de la ley de dependencia

Una de las novedades más relevantes es la eliminación del régimen de incompatibilidades. La reforma garantiza que las personas en situación de dependencia puedan recibir diferentes prestaciones sin que haya una incompatibilidad entre ellas. Además, la norma reforzará el derecho de cada persona a elegir el servicio o prestación que desea de manera que el sistema podrá ajustarse a las prestaciones que cada persona usuaria necesite.

El PIA (Programa Individual de Atención) que elaboran los servicios sociales de las comunidades autónomas se flexibiliza para que la persona usuaria pueda acceder a más servicios del catálogo. Por ejemplo, si una persona en situación de dependencia puede quedarse en su casa, podrá acceder a prestaciones combinadas como ir a un centro de día, y a la vez tener otras prestaciones como cuidados en el entorno familiar o teleasistencia.

La reforma también amplía y regula la asistencia personal como un servicio integrado en el catálogo de prestaciones. Esta ayuda queda blindada como servicio y podrá ofrecerse más allá del entorno domiciliario, que es el espacio al que estaba restringida esta ayuda hasta ahora. De esta forma, la persona que ofrezca una asistencia no solo atenderá a la persona usuaria en el domicilio, sino que también podrá acompañarla para realizar otras actividades básicas de la vida diaria como ir a hacer la compra o ir al médico.

Figura de la persona cuidadora

Otra de las modificaciones introduce una ampliación del concepto de personas cuidadoras. El texto reconoce a nivel normativo la figura de la persona cuidadora principal, y lo complementa con la figura de la no profesional. Al mismo tiempo, reconoce que personas del mismo entorno relacional puedan ofrecer cuidados para asumir así los diferentes modelos de convivencia que hay.

Esto garantiza que una persona, aunque no esté registrada como familiar, pueda ocuparse del cuidado de una persona en situación de dependencia. Por ejemplo, dos personas mayores que mantienen una relación, pero no están casadas, o personas que comparten un hogar sin una relación familiar entre sí.

La teleasistencia se convierte, además, en un derecho subjetivo para todas las personas que tengan reconocida una situación de dependencia. Con ello se garantiza que este servicio llegue a muchas más personas, también a otras que antes no podían acceder a él, como las personas con demencia. Además, se refuerza la teleasistencia como herramienta preventiva para evitar o retrasar la institucionalización, y permitirá hacer un seguimiento de cómo está la persona usuaria a través de otros dispositivos como, por ejemplo, las pulseras geolocalizables.

En relación con los cuidados, la nueva normativa garantiza por ley que la Administración General del Estado asuma el pago de las cotizaciones de las cuidadoras principales, que en su mayoría son mujeres. Del mismo modo, asegura la continuidad de la atención prestada en situaciones de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras.

La reforma incorpora además una reducción de los plazos para el reconocimiento de prestaciones. En concreto, el tiempo máximo del que disponen las comunidades autónomas para resolver una solicitud de dependencia se reduce a la mitad, pasa de seis a tres meses.

Reforma en discapacidad

Respecto a la ley de discapacidad, la reforma no solo constituye un paso decisivo para desplegar el mandato del renovado artículo 49 de la Constitución Española, sino que, además, consolida los derechos para las personas con discapacidad, situando como pilares la inclusión, la accesibilidad universal, la vida independiente y la autonomía personal.

Entre las medidas más destacadas figura el reconocimiento automático de determinados grados de discapacidad vinculados a la dependencia. Así, las personas a las que se les asigne un grado I de dependencia verán reconocido automáticamente un 33% de discapacidad, mientras que quienes obtengan un grado II o III podrán ser reconocidas con un 65%. Esta medida busca reducir la burocracia, agilizar los procedimientos administrativos y disminuir las listas de espera.

La accesibilidad universal pasa también a reconocerse expresamente como un derecho. Esto permitirá que las personas con discapacidad puedan reclamar la accesibilidad en servicios o en edificios que sean públicos. Para ello, se creará, además, un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias, como, por ejemplo, instalar rampas para sillas de ruedas, crear audiodescripciones, etc…

Ley de Propiedad Horizontal

Por otra parte, se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para que las administraciones públicas tengan que ayudar económicamente a hacer obras de accesibilidad en edificios de viviendas y para que las comunidades de propietarios tengan que solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita. Además, se facilitan los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de propietarios. Actualmente, se estima que en España hay 100.000 personas que no pueden salir de sus casas porque sus viviendas no son accesibles.

La reforma fija también por ley que la atención temprana es un derecho subjetivo para garantizar que los gobiernos autonómicos atiendan a toda la infancia (de 0 a 6 años) que presente trastornos en el desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlo. Es decir, cada familia con un niño o niña en esta situación podrá exigir ante su administración autonómica que se le proporcione el tratamiento sin que dependa de la disponibilidad presupuestaria o de plazas.

Además, se prohíbe por ley una práctica que llevan a cabo algunos seguros de hogar o de salud de subir el precio cuando la persona que quiere contratarlos tiene una discapacidad. Se considera una práctica discriminatoria que será ilegal.

Por último, se regula la figura de un facilitador procesal que evitará situaciones de indefensión en los procesos judiciales de personas con dificultades. Esta figura será un puente entre los operadores jurídicos y esas personas.

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