Piden una respuesta ágil para quienes esperan la regularización

Madrid.-1/7/2026.- Cáritas valora de forma positiva que más de un millón de personas migrantes hayan tenido la oportunidad de solicitar una regularización extraordinaria de su situación pero pide una respuesta ágil para quienes aún están pendientes de resolución.

Una vez finalizado el plazo para presentar expedientes, se abre una nueva fase. En esta nueva etapa, Cáritas pide al Gobierno una respuesta ágil a todas las solicitudes que están actualmente en trámite. También, que se notifique cuanto antes a las personas migrantes la autorización provisional de residencia y trabajo. Además, la organización solicita que se admita cualquier prueba válida para acreditar el lugar de residencia, sin necesidad de tener que aportar un certificado de empadronamiento.

“Desde Cáritas hemos hecho un refuerzo a nivel Confederal para que todas nuestras Cáritas Diocesanas y parroquiales puedan servir de espacios de acogida, asesoramiento y provisión de información veraz sobre la regularización extraordinaria. Confiamos en que la mayor parte de estas personas reciban pronto la deseada autorización de residencia definitiva”, asegura Diego Fernández-Maldonado, del equipo de Incidencia Política de Cáritas Española.

Principales obstáculos

Cáritas ha detectado una serie de dificultades que obstaculizan el acceso a derechos a las personas migrantes mientras se resuelven sus expedientes. Entre ellos, destaca la concesión de la “autorización provisional de residencia y trabajo”. La ONG considera que esta figura pese a ser muy necesaria corre el riesgo de ser poco efectiva porque las comunicaciones de inicio de trámite están tardando un tiempo excesivo. “Esta situación genera incertidumbre e inquietud en las personas.”, señala Fernández-Maldonado

La organización además ha observado reticencias por parte de las personas empleadoras para contratar a personas que cuentan con una autorización provisional para trabajar. “Desde Cáritas reivindicamos que estas autorizaciones sean plenamente válidas para el alta en la seguridad social – aunque sean de carácter transitoria – » señala el portavoz de la organización. «Para los casos en los que una persona extranjera reciba una resolución definitiva de carácter denegatorio, es obligación de esta persona notificar a su empleador la finalización de su autorización para trabajar”, recuerda.

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