Fue en octubre de 2015 cuando se aprobaba la ley del voluntariado como actividad libre, gratuita y solidaria, en abstención de cualquier ejercicio de la palabra “corporativa”. Pablo Benlloch, profesor de la Universidad Rey Juan Carlos y Asesor Jurídico de la Plataforma del Voluntariado de España, lo reclamó con claridad desde su propuesta y lo sigue recordando a día de hoy: “El voluntariado corporativo no existe”.
No obstante, empresas siguen haciendo uso de este concepto desde el desarrollo de sus actividades. Esta ley estatal propuso como objetivo quitar calificativos al voluntariado y, por tanto, reclamar la distinción por dimensiones y no por tipos. Las empresas, en teoría, no pueden ser entidades de voluntariado porque no cumplen unas solicitudes que no sean entidades lucrativas. Así lo ha recalcado Pablo Benlloch: “Estas empresas buscan beneficios”.
Sin embargo, las plataformas autonómicas o provinciales no están reguladas por esa legislación y el voluntariado corporativo en la ley estatal no se recoge como tal; se recoge el voluntariado y la empresa. Según explica Jorge González, presidente de la Plataforma de Voluntariado en Asturias, la ley recoge la práctica a nivel empresarial o del papel de la empresa con el voluntariado; y en este sentido reclama que no haya un desarrollo reglamentario de ello: “Es un error y un problema, está provocando y permitiendo las malas praxis. Habría que trabajar desde las plataformas y entidades de voluntariado en promover buenas prácticas”.
El valor solidario y su pérdida
Desde la Plataforma de Voluntariado de Asturias, su presidente recalca que, bajo esa etiqueta de ‘voluntariado corporativo’, existen transacciones, social washing o limpieza de imagen de marketing social y ambiental, por encima de la propia acción voluntaria. “Muchas veces esas acciones se hacen sin contar con entidades de voluntariado”, expresa.
Esto le lleva a mencionar la situación dada en cuanto a la marea de plástico en Galicia y el vertido de pellets. “En medio de la publicación salían directamente personas voluntarias con chalecos de empresas. Tienen un foco mediático que permite una visibilidad gratuita y a veces esas personas ni siquiera van voluntariamente, sino obligadas”, protesta conforme a cómo las empresas sacan provecho de la situación. Muchas personas acuden por la ‘obligatoriedad’ que sugieren algunas empresas, y otras tantas, más que ayudar o contribuir en esa transformación como entidades sociales o de voluntariado, buscan generar trabajo.
“Tenemos comentarios de gente que hace ‘voluntariado corporativo’ porque las empresas provocan que sus trabajadores lo ejecuten. No aparece por ninguna parte la palabra ‘voluntariamente’ u ‘obligatoriamente’, pero las empresas están haciendo que sus trabajadores hagan voluntariado porque está incentivado”, reclama Alberto González, presidente de la Plataforma de Voluntariado en Cantabria. Una persona está en su libre derecho, pero, de no ejercer lo implicado por la empresa, recibe una mala valoración y es mal recibido, según los comentarios escuchados por González: “Para mí, se pierden las funciones y fuerza de la palabra voluntariado”.
“El sentido de la solidaridad es quizá uno de los problemas que más vemos, que sepamos transmitir el sentido de su papel en el valor de las personas y empresas hacia el voluntariado”, explica Armando Rotea Molero, presidente de la Plataforma Andaluza de Voluntariado. Antes de la ley de 2015, Rotea añade que han tratado de unir las dos partes, como parte de su objetivo enfocado a empresas de Sevilla en entidades de voluntariado.
Búsqueda de un beneficio propio empresarial
No hay controles. Así lo clarifica Pablo Benlloch, proponiendo el caso de una empresa que hace voluntariado y sus trabajadores hacen más horas de las que les corresponden. En horas extraordinarias, no abonadas, esto lleva a trampas legales: una empresa que no puede pagar las 8 horas de trabajo propone un contrato a jornada parcial y el resto no lo paga, pero la persona empleada hace voluntariado en ese tiempo. Pablo recuerda que toda persona trabajadora de una empresa tendría que contar con un contrato laboral.
¿Y por qué realizar estas prácticas? Por reputación, tal y como Benlloch describe. “Está de moda decir que tienes la semana del voluntariado. Coges a tus trabajadores, les llevas un día a una guardería y hacen una actividad sin cobrar. El día que no exista interés reputacional, lo probable es que el voluntariado corporativo también desaparezca”, indica. Lo correcto, reclama, es llevar a cabo el acuerdo con una empresa desde la entidad de voluntariado y viceversa.
Relación de la empresa con el voluntariado
Las empresas tienen que contactar con entidades de voluntariado donde haya un programa, una estructura y una gestión de estas personas voluntarias, para que sus trabajadores puedan realizar esta actividad. La relación debería consistir en crear un acuerdo de colaboración: “Una empresa dedicada a contabilizar agua, por ejemplo. En la empresa se hace el proyecto técnico y se comunica la ejecución a sus empleados, que deciden colaborar como personas voluntarias de la organización de entidad no lucrativa que va a hacer el proyecto”. Este ejemplo, propuesto por Pablo Benlloch, sigue la promoción de la empresa: aportar dinero a una entidad lucrativa, y luego colaborar.
También existen otras buenas experiencias y prácticas de empresas que colaboran con entidades, dentro programas de voluntariado que cumplen en el marco de esos programas de voluntariado y en el marco de la ley. Las entidades no lucrativas, y sobre todo las grandes, pueden aprender mucho de las empresas. No solo por el beneficio, sino pensando en intereses generales. Benlloch añade que no hay ningún inconveniente en aplicar los procedimientos más técnicos que les caracterizan, al mismo tiempo que las empresas pueden tener ese tinte solidario en la orden de sus actividades.
Nuevas herramientas
Para implicarse en estos casos, Alberto González aclara herramientas con las que trabajan desde Cantabria como VolunCloud, donde se comunican con entidades donde tienen falta de personas voluntarias y otras que quieren ejercer voluntariado y no saben cómo.
Desde la plataforma de Cantabria preguntan a las entidades qué requieren, por medio de un trabajo que ejecutan en cuanto al contacto e investigación. Les han llegado a decir que tienen personas voluntarias, pero no les afecta la ley. “Pero no, en cuanto aceptan voluntarios ya les afecta”, recalca, recordando un caso donde confesaron que empresas cuentan con voluntariado donde realmente son familiares. “Quiero pensar que es por desconocimiento, no por maldad. Hay que hacer formación y mejorar la información”, declara. En esta base, se busca un consenso entre administración, voluntariado y empresas que traten con estos últimos, para favorecer la aplicación de la ley de 2015.
“Hay una falta de registros y control sobre todo lo que aborda el supuesto voluntariado corporativo. ¿Qué pido a la administración? Agilidad y efectividad en los procesos. Que las empresas respeten la ley, las plataformas están para ayudar y asesorar”, proclama el presidente de la Plataforma de Voluntariado de Cantabria. Asimismo, ya están trabajando para completar un borrador de la Ley de voluntariado en Cantabria para que se mantenga lo que dice la ley estatal, buscar su aplicación conforme a la ley estatal original y conseguir que se regule de alguna manera. “Porque esta ley, como tal, no existe”, declara.
Más regulación y control
“La ley de la Comunidad de Madrid habla tranquilamente del voluntariado corporativo sin ningún tipo de escrúpulo”, denuncia Pablo. La confusión generada desde las propias normas de voluntariado en España llega hasta las comunidades autónomas, que tienen competencia exclusiva en el ámbito del voluntariado.
La ley estatal se aplica cuando un territorio donde se ejerce voluntariado es mayor en una comunidad autónoma o los programas afectan a varias, y su aplicación queda entre un paréntesis. Por la búsqueda de un mejor acuerdo y consenso, plataformas como la de Andalucía sugieren dejar de percibir a la empresa como un motivo para generar dinero: “Las plataformas somos provocadoras de encuentros, necesarios para romper muros. El término es ‘promocionar’ las colaboraciones, no hacerlas, por eso niego que exista el voluntariado corporativo”.
Y es que desde esta plataforma trabajan desde un primer acercamiento a la plantilla interesada, antes de provocar un espacio de convivencia, por medio de un encuentro donde se juntan empleados de varias empresas. Los empleados acuden a 15 ó 20 proyectos y cumplen dos horas de voluntariado, para compartir la experiencia posteriormente. Así proceden con la primera toma de contacto, partiendo de proyectos que tienen como ‘Tú sí que faltas’, a punto de cumplir 10 años.
La remuneración vinculada no se altera por hacer voluntariado en la empresa, no conlleva a ganar más o menos dentro de la empresa, y en las entidades de voluntariado no se debería ganar más dinero. Así lo clarifica Pablo Benlloch: la única posibilidad es compensar gastos que sean producidos, deben permanecer separadas, respetando un contrato de voluntariado donde se concrete horas y programa. También entra en juego la reforma de la Ley de Mecenazgo, aprobada en diciembre de 2023, donde se regula el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, según función social, actividades y características. “Me parece un impulso importante para las entidades de voluntariado y la colaboración de empresas y entidades, para afianzar esa colaboración”, confirman desde la plataforma andaluza.
De esta misma manera, la búsqueda de la verdadera voluntad de promoción y desarrollo de la tarea voluntaria va ligado al control y formación sobre entidades, empresas y voluntariado. “Las personas voluntarias y las entidades no tenemos ni queremos tener la exclusiva de la participación solidaria institucionalizada, ni que se llame voluntariado general a aquel que se realiza por entidades que cumplen los requisitos de la ley”, culmina Pablo.